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lunes, 29 de septiembre de 2025

ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN CENTRO ISEH

 


ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN CENTRO ISEH

(Inteligencia Socioemocional y Humanización Corresponsable)

CAPÍTULO I

Denominación, Naturaleza, Domicilio y Duración

Artículo 1. Nombre y Naturaleza Jurídica.
Con el nombre de CORPORACIÓN CENTRO ISEH, se constituye una persona jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, de naturaleza corporación, organizada conforme a las leyes colombianas y los presentes estatutos.

Artículo 2. Domicilio.
El domicilio principal de la Corporación será la ciudad de _____________ (Colombia). Podrá establecer capítulos, sedes o representaciones en cualquier lugar del país o en el exterior, cuando así lo determine la Asamblea General.

Artículo 3. Duración.
La Corporación tendrá duración indefinida, salvo que la Asamblea General disponga su disolución o sobrevenga alguna causal legal de liquidación.


CAPÍTULO II

Objeto Social

Artículo 4. Objeto.
La CORPORACIÓN CENTRO ISEH tiene como propósito fundamental promover, desarrollar y fortalecer el neuro emprendizaje en inteligencia socio emocional y humanización corresponsable, a través de:

a) Seminarios y talleres vivenciales para el desarrollo de habilidades socio emocionales.
b) Retiros contemplativos de reflexión, autoconexión y bienestar integral.
c) Conversatorios de alto nivel, círculos de apoyo y escucha activa.
d) Programas y actividades de bienestar emocional, mindfulness y salud integral.
e) Procesos de investigación, formación y sensibilización en humanización corresponsable.
f) Establecimiento de alianzas estratégicas con entidades públicas, privadas y académicas.


CAPÍTULO III

Principios y Valores

Artículo 5. Principios.
La Corporación orientará todas sus actividades bajo los principios de:

  • Compasión

  • Empatía

  • Solidaridad

  • Respeto por la dignidad humana

  • Humanización corresponsable


CAPÍTULO IV

Asociados

Artículo 6. Clases de Asociados.
La Corporación estará conformada por:
a) Fundadores: quienes suscriben el acta de constitución.
b) Activos: quienes ingresen posteriormente y cumplan los requisitos estatutarios.
c) Honorarios: quienes, por méritos o aportes significativos, sean reconocidos por la Asamblea.

Artículo 7. Derechos de los Asociados.

  1. Participar con voz y voto en la Asamblea General.

  2. Elegir y ser elegidos para cargos directivos.

  3. Proponer iniciativas para el cumplimiento de la misión.

  4. Participar en programas y actividades de la Corporación.

Artículo 8. Deberes de los Asociados.

  1. Cumplir los estatutos y reglamentos internos.

  2. Asistir a las reuniones de la Asamblea General.

  3. Pagar oportunamente los aportes ordinarios o extraordinarios fijados por la Asamblea.

  4. Contribuir activamente al desarrollo de la misión institucional.

Artículo 9. Pérdida de la calidad de Asociado.
La calidad de asociado se pierde por:
a) Renuncia voluntaria.
b) Incumplimiento grave de los estatutos o reglamentos.
c) Expulsión aprobada por la Asamblea General, con derecho a defensa.


CAPÍTULO V

Órganos de Gobierno y Administración

Artículo 10. Órganos.
Son órganos de dirección, administración y control de la Corporación:

  1. La Asamblea General.

  2. La Junta Directiva.

  3. La Dirección Ejecutiva.

  4. El Revisor Fiscal (si aplica).

Artículo 11. Asamblea General.
La Asamblea General es la máxima autoridad de la Corporación, integrada por todos los asociados hábiles.

Funciones:
a) Reformar estatutos.
b) Elegir y remover la Junta Directiva.
c) Aprobar el plan estratégico y presupuesto anual.
d) Fijar aportes ordinarios y extraordinarios.
e) Decidir sobre la disolución y liquidación de la Corporación.

Artículo 12. Junta Directiva.
La Junta Directiva es el órgano de administración y estará conformada por mínimo tres (3) y máximo siete (7) miembros principales, con sus respectivos suplentes.

Funciones:
a) Velar por el cumplimiento de la misión y planes institucionales.
b) Nombrar y remover al Director Ejecutivo.
c) Aprobar convenios, alianzas y programas.
d) Presentar informes a la Asamblea General.

Artículo 13. Dirección Ejecutiva.
El Director Ejecutivo es el representante legal de la Corporación y se encargará de su gestión administrativa, operativa y financiera.

Funciones:
a) Ejecutar las decisiones de la Junta Directiva y la Asamblea.
b) Representar legalmente a la Corporación.
c) Administrar el patrimonio y recursos de la Corporación.
d) Presentar informes de gestión.


CAPÍTULO VI

Régimen Económico y Financiero

Artículo 14. Patrimonio.
El patrimonio de la Corporación estará conformado por:

  • Aportes de los asociados.

  • Donaciones, legados y contribuciones.

  • Convenios y contratos con entidades públicas y privadas.

  • Recursos de cooperación nacional e internacional.

  • Rendimientos financieros y actividades lícitas.

Artículo 15. Destinación de Recursos.
Todos los recursos y bienes se destinarán exclusivamente al cumplimiento del objeto social. No se distribuirán utilidades entre los asociados.


CAPÍTULO VII

Disolución y Liquidación

Artículo 16. Disolución.
La Corporación se disolverá por:
a) Decisión de la Asamblea General.
b) Imposibilidad de cumplir su objeto social.
c) Causales legales previstas.

Artículo 17. Liquidación.
En caso de liquidación, los bienes remanentes se entregarán a otra entidad sin ánimo de lucro, con objeto social similar, designada por la Asamblea General.


CAPÍTULO VIII

Disposiciones Finales

Artículo 18. Reformas Estatutarias.
Las reformas de estatutos deberán ser aprobadas por mayoría calificada (2/3) de los asociados hábiles presentes en Asamblea General.

Artículo 19. Normas Supletorias.
En lo no previsto en los presentes estatutos, se aplicarán las disposiciones del Código Civil, el Código de Comercio y demás normas legales vigentes en Colombia.


📌 Nota importante: Para el registro en Cámara de Comercio necesitarás:

  1. Acta de constitución (firmada por los asociados fundadores).

  2. Estatutos (este documento).

  3. Listado de asociados fundadores con identificación.

  4. Definición de aportes iniciales (dinero o especie).

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